Cinco cambios de ley que en 2020 afectarán a todos los conductores

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TheShadow
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Cinco cambios de ley que en 2020 afectarán a todos los conductores

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Hoy queremos hablarte de cinco cambios de ley que en 2020 afectarán a todos los conductores. Con el año nuevo recién estrenado, no son solo los regalos de Reyes lo que suponen una novedad en las casas; 2020 también trae modificaciones en la legislación de tráfico; y no pocos.

Si bien los más sonados han sido los cambios referidos a las restricciones al tráfico que 2020 trae en ciudades como Madrid y Barcelona, lo cierto es que no son, ni mucho menos, los únicos que afectarán al día a día de los conductores. Para que los tengas claros, hoy vamos a hablarte de las modificaciones que 2020 supondrá para algunas leyes referidas a la conducción. Toma nota.

1. Restricciones de circulación
Como ya adelantaba en los párrafos anteriores, 2020 trae consigo modificaciones en las restricciones a la circulación en las dos principales ciudades españolas: Madrid y Barcelona. Veámoslos en detalle.

Desde el 1 de enero han entrado en vigor cambios en Madrid Central (la zona de bajas emisiones de la capital, rebautizada como Madrid 360). Los principales: el Ayuntamiento cambia el perímetro de la zona de bajas emisiones al dejar que dos calles (Mártires de Alcalá y Seminario de Nobles) sean de libre circulación y en algunos casos concretos ha flexibilizado el acceso de vehículos a esta zona de bajas emisiones. Además, los vehículos sin etiqueta (o con pegatina A de la DGT) ya no pueden circular por el centro, ni aparcar en las plazas SER (a excepción de algunos vehículos clasificados con esta etiqueta, que han recibido una prórroga de un año). Además, se amplía el horario de acceso a Madrid 360 para los vehículos de reparto de mercancías. Si quieres conocer a fondo los cambios que 2020 ha traído para Madrid Central, no dejes de echarle un ojo a este enlace.

Restricciones al tráfico en Barcelona para 2020
En cuanto a las restricciones al tráfico que 2020 trae para Barcelona, estas se refieren a la nueva Zona de Bajas Emisiones de la Ciudad Condal (ZBE). Esta ha entrado en vigor el pasado 1 de enero. s un área de más de 95 km2 en la que se restringe la circulación de los vehículos más contaminantes para proteger la atmósfera, la salud de las personas y el medio ambiente.

Engloba toda la ciudad de Barcelona comprendida entre la ronda de Dalt y la ronda del Litoral, y parte o la totalidad de los municipios de L’Hospitalet de Llobregat, Cornellà de Llobregat, Esplugues de Llobregat y Sant Adrià de Besòs. En la ciudad de Barcelona, quedan fuera de la ZBE los barrios de Vallvidrera, el Tibidabo i les Planes, y la Zona Franca. Si quieres saber todo sobre esta zona de bajas emisiones de Barcelona, échale un ojo a este enlace.


2. La nueva ITV de 2020
Otro de los grandes cambios que traerá 2020 para los conductores será una nueva ITV. A partir del próximo 20 de mayo de 2020, la Unión Europea obligará a los fabricantes a facilitar los datos técnicos necesarios para realizar la inspección de los vehículos fabricados desde el 20 de mayo en adelante; hasta ahora, esta información no estaba accesible.

El texto de la UE informa de que los fabricantes tendrán que dar esta información en un plazo máximo de seis meses después de la matriculación, y de una manera clara y estructurada.



3. En 2020, nuevos límites de velocidad: a 30 km/h
Desde la DGT se lleva tiempo trabajando en nuevas leyes de tráfico, cuyo principal objetivo es la reducción de muertes en la carretera. Y una de ellas se refiere a la velocidad máxima permitida en algunas zonas urbanas. En concreto, en las calles de carril único y de un carril por sentido. El fin es reducir los fallecimientos de peatones por por atropellos; múltiples son los estudios e informes que sostienen que el riesgo de fallecer en un atropello se reduce al menos en cinco veces si la velocidad es de 30 km/h en lugar de 50 km/h. .

Esta nueva ley de tráfico que llegará en 2020 y que afectará a la velocidad por vía urbana lleva tiempo siendo motivo de noticia; y es que el límite de velocidad a 30 km/h en algunas vías urbanas ya se ha implementado en 19 ciudades españolas y otras tantas europeas. Si finalmente se aprueba a la reforma del Reglamento de Circulación, se extenderá al resto del territorio español.
4. Algunas autopistas de peaje pasan a ser gratuitas en 2020
Otro de los cambios que el año 2020 trae para los conductores afectará directamente al bolsillo de los usuarios de algunas autopistas de peaje; en concreto, de aquellos conductores que desde el 1 de enero conduzcan por el tramo de la AP-7 Tarragona-Valencia-Alicante y de la AP-4 Sevilla-Cádiz. Y es que estos tramos, hasta ahora gestionados por una concesionaria, han vuelto a estar en manos del Estado.

El pasado 31 de diciembre terminó el contrato que la concesionaria del peaje, Abertis, tenía con el Ministerio de Fomento, con lo que la gestión de ambas autopistas de peaje ha retornado al Estado. El hecho de que las autopistas de peaje dejen de serlo se debe a una decisión del actual Gobierno en funciones, el cual (como ya hiciera con la AP-1 entre Burgos y Armiñón), ha decidido no prorrogar los plazos de concesión de este tipo de infraestructuras.

De esta manera, a partir del 1 de enero se podrá circular gratis por los tramos de la AP-7 entre Tarragona y Alicante y los de la AP-4 Sevilla-Cádiz; ambos seguirán los pasos de la AP-1 Burgos-Armiñón, que en diciembre de 2018 pasaba a ser la primera autopista de peaje construida en España que ponía fin a su concesión, levantaba las barreras de peaje y retornaba al Estado.

5. Nueva legislación en 2020 para los patinetes eléctricos
El último de los cambios que traerá 2020 afectará a los usuarios de patinetes eléctricos. Debido al aumento del uso de este tipo de vehículo de movilidad personal, y aunque la regulación formal para ellos se encuentra actualmente en fase de tramitación la DGT han creado una instrucción transitoria en la que establece la normativa que han de cumplir los patinetes eléctricos.

Así, y a la espera de que desde Tráfico se publique la normativa específica para los patinetes, los usuarios de este tipo de vehículos de movilidad personal han de tener en cuenta que ya les pueden poner una multa por incumplir estas normas para los patinetes eléctricos:

Los conductores de patinetes eléctricos tienen la obligación de someterse a las pruebas de alcohol y drogas, siendo sancionados, con la misma cuantía económica que si condujeran otro vehículo, en caso de sobrepasar las tasas de alcohol (500 o 1.000 euros, en función de la tasa) o en caso de que haya presencia de drogas en el organismo del conductor (1.000 euros). Si el conductor del patinete eléctrico da positivo a alcohol o droga, el VMP se inmovilizará, tal y como ocurre con el resto de vehículos.
En caso de negarse a someterse a estas pruebas, serán denunciados como infracción administrativa.
Los conductores de patinetes eléctricos, al igual que los de cualquier otro tipo de vehículo, tienen prohibido conducir haciendo uso manual del teléfono móvil o de cualquier otro sistema de comunicación. La sanción sería de 200 euros.
De acuerdo a la normativa para patinetes eléctricos, sus conductores también tienen prohibido conducir utilizando cascos o auriculares. En caso de ser detectados se les denunciará por este precepto con 200 euros.
Casco y otros elementos de protección. A falta en estos momentos de una regulación para patinetes eléctricos en el Reglamento General de Circulación, el uso de estos elementos se regirá por lo que disponga la correspondiente Ordenanza Municipal. En el caso de que la Ordenanza regule el uso obligatorio de casco, el agente sancionará con 200 euros y procederá a la inmovilización del vehículo.
Los patinetes eléctricos tienen prohibido la circulación por aceras y zonas peatonales, ya que el artículo 121 del RGC prohíbe la circulación de cualquier vehículo por las aceras (excepto a monopatines, patines o aparatos similares que lo hagan exclusivamente a paso de persona) siendo sancionable con 200 euros, con las matizaciones que puedan establecer las Ordenanzas Municipales.
Los VMP y demás patinetes eléctricos solo pueden llevar a una persona, por lo que la circulación de dos personas en VMP es sancionable con 100 euros de multa.
Se considerará conducción negligente y por tanto punible cuando se realice conducción nocturna de patinetes eléctricos sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes, ya que en estos casos, el conductor no adopta la diligencia necesaria para ser visto por el resto de conductores ni la precaución necesaria para evitar ponerse en peligro. La sanción correspondiente es de 200 euros.
Las ordenanzas municipales son las que regulan las paradas y estacionamientos de los patinetes eléctricos. Desde la DGT, se aboga para que la acera sea del peatón, pero su regulación es exclusivamente municipal.
En los casos de infracciones cometidas por menores de 18 años, los padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, responderán solidariamente de la infracción cometida por el menor
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