Normativa aplicable sobre luces diurnas (DRL)

Voltios, Vatios y \"chismes\" eléctricos
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Kamicacekkk
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Normativa aplicable sobre luces diurnas (DRL)

Mensaje sin leer por Kamicacekkk »

Asi esta el tema con la ITV:
Normativa aplicable sobre luces diurnas (DRL)
Los faros o luces han de cumplir la normativa ECE R87, y la instalación debe cumplir la normativa ECE R48. Por ejemplo, la última especifica que las luces han de colocarse dentro de unas cotas determinadas, inhibiéndose con la luz de posición, y han de funcionar con el motor encendido, desde el arranque.
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• Altura máxima desde el suelo: 1.500 mm
• Altura mínima desde el suelo: 250 mm
• Distancia máxima desde el lateral: 400 mm
• Separación mínima entre plafones: 600 mm
• El kit de las luces deben de estar homologados con la contraseñas de homologación europea ‘CE‘ y la inscripción ‘RL‘ o ‘DRL‘.
1. Normativa técnica.
Los Reglamentos CEPE/ONU 48R y 87R regulan los requisitos técnicos y de instalación de las luces de circulación diurna. De acuerdo con esta reglamentación, el citado sistema de alumbrado está compuesto de dos luces de color blanco que se colocan en la parte delantera del vehículo y se encienden automáticamente cuando se pone en marcha el vehículo. El dispositivo debe llevar marcado el número de homologación, constituido por un círculo en el que aparece una E seguida de un número relativo al Estado de homologación (España tiene asignado el 9), fuera del círculo se anotan el número de homologación, así como un número y las letras RL, que se refieren al número de enmienda y al Reglamento CEPE/ONU correspondiente.
2. Por lo tanto, las luces de circulación diurna que se instalen en los vehículos a partir del 14 de enero de 2011, fecha de entrada en vigor del citado Real Decreto, se podrán legalizar como reforma mediante la presentación del vehículo a inspección técnica en el plazo máximo de quince días, de acuerdo con su artículo 8, aportando los documentos que se indican en el Manual (informe de conformidad y certificado del taller). Si el resultado de la inspección es favorable, el órgano de la Administración competente diligenciará la tarjeta ITV.
Con esto la cosa esta así:
Primero: Compramos luces que están homologadas.
Segundo: donde te las monten el certificado de taller.
Imagen
como este o parecido.
Tercero: Lo mas difícil y costoso (informe de conformidad) esto lo tendríamos que pedir a Jaguar pero ni siquiera se van a molestar,
en esta pagina ( http://www.sportcar.es/luces-diurnasday ... c-264.html )tienen modelos homologados y por 80€ mas te hacen el (informe de conformidad) después de montar las luces les mandas la homologación de las luces, el certificado de taller y un pequeño dvd de como esta hecha la instalación y funciona miento en unos 20 días teneis lo necesario para homologar en la ITV y es muy importante pues los de la DGT están muy tontos con este tema.
No es frecuente que te paren si son normales y no dan mucho cante, todo eso de tiras led, ludes acopladas en los faros y usar los antinieblas para ese menester como que no y los faros ni tocarlos,te puede hacer una receta muy maja y depende de con quien caigas hasta bloquear el vehículo con lo que conlleva grúa, quitar las luces he ITV para si esta todo en condiciones y por ultimo DGT para que te den el permiso de circulacion que antes te requisaron, con todo esto la multa no te la quita nadie y lo cuento por experiencia de un sobrino mio :eek: así se le quedo la cara cuando le paso.
Espero que después del tocho esto sirve para algo, un saludo a todos. :yawinkle:
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Kamicacekkk
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Ere: Normativa aplicable sobre luces diurnas (DRL)

Mensaje sin leer por Kamicacekkk »

De esta enlace podéis bajar e imprimir cualquier certificado que os haga falta.
http://www.proingetec.com/downloads
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Mijaguar
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Re: Normativa aplicable sobre luces diurnas (DRL)

Mensaje sin leer por Mijaguar »

Magnifica Informacion. Si señor! Te lo has currao!

Saludos.
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